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03-Noviembre-2009
Una persona extranjera que logra adaptarse e integrarse al país de acogida obtendrá en el futuro mayores retribuciones en el mercado de trabajo, según el estudio 'Efectos económicos de las políticas de integración de los inmigrantes', de la Universidad Pompeu Fabra.
La investigación calcula los beneficios sociales que pueden derivarse de la aplicación del servicio de primera acogida previsto por el Proyecto de Ley de Acogida si consigue, como se propone, acelerar y mejorar la integración de los recién llegados.
La realidad de los datos retributivos de la Seguridad Social demuestra como la integración en la sociedad (tiempo de estancia) mejora los salarios percibidos de las personas inmigradas.
Lo enmarca en tres escenarios económicos posibles de ahora y hasta el 2015: conservador, moderadamente favorable y favorable. En todos los casos, ama a los retornos fiscales en forma de tributos y cotizaciones sociales que emergerán gracias a la implantación del servicio, y en la medida que pueda contribuir también a reducir la economía sumergida.
Cuantifica, a la vez, los beneficios sociales del conocimiento de la lengua catalana por parte de las personas inmigradas, que verán aumentar sus salarios al poder acceder a puestos de trabajo más cualificados.
Esto es algo que sucede en la mayoría de países receptores de inmigración: en Gran Bretaña y Canadá hay varios estudios que demuestran cómo el conocimiento de la lengua propia y de la realidad social del país de acogida está estrechamente ligado con las retribuciones salariales de las trabajadoras y los trabajadores recién llegados.
Los autores del estudio ponen de manifiesto cómo el sector público recuperaría una parte significativa del coste del servicio de primera acogida (hasta un 30%) a través de una mayor recaudación por vía de impuestos directos y derivados, consecuencia de una mayor actividad económica.
De hecho, contemplan el efecto combinado de tres factores positivos: bases fiscales más elevadas para la reducción de la economía sumergida, presión fiscal más normalizada y recaudación adicional ligada al crecimiento de la retribución de las personas beneficiarias del servicio (en impuestos indirectos sobre el consumo, ahorros, bienes inmuebles...).
Fuente: latinoamericaexterior.com Sólo los usuarios registrados pueden escribir comentarios. Por favor valídate o regístrate. |